Aquellas empresas que se encuentren en ERTE y que no formen parte de las 42 actividades protegidas en la última prórroga pero que sí estén vinculadas a su cadena de valor podrán solicitar desde hoy, lunes 5 de octubre y hasta el día 19 de octubre, ser declaradas en esta situación para poder beneficiarse de exoneraciones en las cuotas.
Se entiende que son integrantes de la cadena de valor o dependientes indirectamente de aquellas, las empresas cuya facturación, durante 2019, se haya generado al menos en un 50% en operaciones directas con las incluidas en alguno de los códigos de la CNAE-09 referidos en la norma, así como aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de la desarrollada efectivamente por las empresas incluidas en ellos. Estas exoneraciones mensuales serán del 85% entre octubre y enero si cuentan con menos de 50 trabajadores en plantilla, y del 75% si tienen más de 50 empleados.
Estas exenciones serán incompatibles con las dos nuevas figuras de ERTE que se crean en el decreto: los ERTE de impedimento y los ERTE de limitación de actividad.